Solicitud de Ampliación / Reducción / Subdivisión / Unificación / Reubicación de Concesión

 

DESCRIPCIÓN GENERAL

  1. Descripción: Tramitación para anular Derechos para Usos Especiales del Agua
  2. Oficina: Dpto. Catastro
  3. Repartición: Dirección de Recursos Hídricos

 

OFICINAS DE ATENCIÓN

  1. Oficina: Dpto. Catastro
  2. Localidad: San Miguel de Tucumán
  3. Domicilio: Av. Brígido Terán 636
  4. Teléfono: 0381 – 4526393
  5. Responsable: Jefe Interino Ing. Agrim. Edgardo Ginarte
  6. E-mail: catastro@recursoshidricos.gov.ar
  7. Días de atención: Lunes a Viernes
  8. Horario de atención: 08.00 a 13.00 hs.

 

FORMULARIOS

  1. Formulario datos del solicitante. (F.I) (Clic aquí para descargar el formulario)
  2. Formulario de solicitud de ampliación – Reducción – Subdivisión – Unificación – Reubicación de concesión. (F.V) (Clic aquí para descargar el formulario)

 

 REQUISITOS PARA CUMPLIMENTAR UN TRÁMITE

Documentación a presentar:

  1. Formulario de datos del solicitante (F.I) (Clic aquí para descargar el formulario)
  2. Formulario F.924 DGR – Estampillado $ 30 (Instructivo F. 924) (Clic aquí para descargar el formulario)
  3. Formulario solicitud de ampliación / Reducción / Subdivisión / Reubicación / Unificación  (F.V) (Clic aquí para descargar el formulario)
  4. Plano de ampliación / Reducción / Subdivisión / Reubicación / Unificación (4 copias papel y copia digital a email:  catastro@recursoshidricos.gov.ar)
  5. Informe de registro inmobiliario (original y actualizado)
  6. Libre deuda de tasa del uso del agua

Personas que pueden realizarlo:

  1. Titular o apoderado, representante, etc. (en estos últimos casos deberá acreditarlo por medio de documentación que lo avale)

 

OBSERVACIONES/TIEMPO DE GESTIÓN

  1. Tiempo estimado de demora: 3 días hábiles en Dpto. Catastro (cumpliendo con los requisitos exigidos)

 

COSTO DEL TRÁMITE

  1. Detalle: Ver requisitos
  2. Costo: Estampillas Provinciales: $30

 

NORMAS LEGALES

  1. Norma que lo reglamentan y autorizan
  2. Número: Ley N° 7139 y modificatoria N° 7140
  3. Detalle: Ley de Riego